Políticas generales SARLAFT
- El sistema del riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo en FONDOFEM, se extiende a la realización de operaciones y actividades correspondientes al desarrollo de su objeto social, sean estas documentarias, electrónicas, en efectivo o desarrolladas en cualquier otra forma.
- Es deber de todos los colaboradores de FONDOFEM asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y controlar el riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo aplicables con el propósito no solo de cumplir la ley, sino de proteger la imagen de FONDOFEM
- Las políticas de negocio nunca se antepondrán a las políticas de SARLAFT.
- No se delegará en terceros la vinculación de asociados o clientes.
- Es deber de los órganos de administración y control el seguimiento del SARLAFT
- No hay relación o transacción con personas sin estar plenamente identificadas (funcionarios, directivos y demás partes interesadas)
- Se realizarán los reportes a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero – UIAF.
- FONDOFEM incorpora en el Código de Conducta, las políticas SARLAFT orientando la actuación de los Colaboradores de FONDOFEM para el funcionamiento del SARLAFT y estableciendo procedimientos sancionatorios frente a su inobservancia.
- FONDOFEM no establecerá relaciones contractuales ni otorgará beneficios a personas naturales, jurídicas que se encuentren en las listas de riesgo de LAFT utilizadas por FONDOFEM, o vinculadas en procesos administrativos y/o judiciales por lavado de activos y financiación del terrorismo, ni continuará con la relación contractual cuando luego de haber establecido un vínculo o se hubiesen otorgado beneficios, sean incluidas en dichas listas asociadas al riesgo de LAFT o se les inicie procesos administrativos y/o judiciales.