- El Fondo, en cumplimiento del principio de solidaridad sobre el que basa su razón de ser, ha establecido una serie de auxilios, reglamentados de la siguiente manera:
- Derecho al auxilio:
Tienen derecho a solicitar algún auxilio de los aquí descritos, los asociados que tengan más de tres meses de afiliación. - Beneficiarios:
-El asociado, cónyuge o compañero(a) permanente y los hijos
-El padre y la madre del asociado(a). A falta de éstos, los hermanos menores de 18 años, cuando estén bajo su cuidado directo o dependan económicamente de éste. - Plazo de presentación de las solicitudes
El asociado debe presentar la solicitud de auxilio dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la presentación del evento. Una vez cumplido este plazo, prescribe el derecho del asociado. - Otorgamiento de los auxilios
Los auxilios se otorgarán de acuerdo al orden cronológico de presentación y hasta el agotamiento del presupuesto establecido para el Fondo de Solidaridad.